No se considera voto nulo, porque la ley dispone también, será nulo cuando se marque dos partidos en la misma boleta que no estén coaligados, o marquen todos los emblemas de todos los partidos políticos.
ContraPunto/Carlos Desmoctt
4 de junio de 2018, Piedras Negras.- El vocal secretario de la junta Distrital 01 del INE, Jesús Alberto Robledo Valero, dio a conocer que, por acuerdo del Consejo general del Instituto Nacional Electoral, se determinó que, en razón a la declinación de la candidatura independiente de la señora, Margarita Zavala, todos aquellos votos que se reciban en su favor, serán considerados como votos a favor de un candidato no registrado.
Indicó que esto en relación a la declinación de la candidata presidencial independiente y para informar a la ciudadanía, estos serán los efectos jurídicos del voto que se está decidiendo en favor de esa persona.
Manifestó que, a pesar de su declinación, su nombre aparecerá en las boletas electoral y para efectos que la ciudadanía decida votar en su favor, esos votos, como dijo serán para un candidato no registrado.
Explicó que una vez que se contabilicen esos votos por parte de los funcionarios de casillas y se realice el cómputo distrital de este proceso, esos serán los efectos jurídicos.
A la pregunta de que explicara en mejores términos esa postura del INE para que la ciudadanía entendiera, dijo que cuando la ciudadanía tiene una preferencia para votar por un personaje o persona distinta de los que están registrados en la boleta electoral, la ley dispone que esos votos tendrán el efecto de un candidato no registrado, pero no se consideran voto nulo
Agregó que no se considera voto nulo, porque la ley dispone también, será nulo cuando se marque dos partidos en la misma boleta que no estén coaligados, o marquen todos los emblemas de todos los partidos políticos.
