ContraPunto
30 de enero de 2020, Monterrey. – Rechazan por unanimidad los magistrados de la Sala Regional de Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la decisión de reelección del Tribunal Electoral de Coahuila.
El magistrado Yairsinio David García Ortiz estuvo de acuerdo con la propuesta presentada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, al votar se limitó a decir: “es nuestra propuesta, muchas gracias”, y Ernesto Camacho Ochoa dijo estar de acuerdo con la propuesta presentada que fue orientada en revocar el fallo emitido.
En una exposición que sumó 40 minutos los magistrados integrantes de la Sala Regional realizaron su exposición de motivos y expusieron las consultas realizadas a especialistas en derechos humanos y pro-persona ahí sustentaron parte de su determinación.
Los magistrados Yairsinio David García Ortiz, Ernesto Camacho Ochoa, y Claudia Valle Aguilasocho objetaron el dictamen del Tribunal Electoral de Coahuila.
El argumento central fue que la constitución política de Coahuila expresa de manera clara los periodos de reelección que son dos y los integrantes de la Sala Regional tomó opiniones de personas que defienden los derechos más personales para poder definir sobre el tema.
Los integrantes de la Sala Regional definieron su decisión basados en la Constitución Política de Coahuila, que está por encima de cualquier derecho personal.
De este modo el proyecto de sentencia de los juicios de revisión electoral 13, 14 y 15; 397 y 399; promovidos por el Partido Encuentro Solidario, Acción Nacional y Morena, así como por Diana Isabel Hernández Aguilar contra la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Coahuila, quien revocó la resolución del Instituto Electoral de Coahuila que determinó improcedente la reelección por un periodo adicional de quienes resultaron electos de manera consecutiva en el periodo electoral 2016-2017 y 2017-2018.
Dentro del proceso jurídico de estos temas queda una última instancia que es la sala superior y quienes no estén de acuerdo todavía pueden recurrir a la Sala Superior, en donde el dictamen emitido es definitivo e inapelable.

