ContraPunto | Agencias
29 de julio de 2020. – México espera un fallo histórico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que este miércoles podría declarar, por primera vez, que un Congreso estatal debe despenalizar el aborto, criminalizado en casi todo el país.
La primera sala de la Corte discutirá un proyecto que respalda a un juez federal de Xalapa, Veracruz, quien el año pasado resolvió un amparo en el que ordena al Congreso local reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal porque criminalizan el aborto.
“La falta de reforma de dichos preceptos genera un estado de cosas inconstitucional, al no cumplir con imperativos convencionales de rango constitucional, que en última instancia se traduce en una violación a los derechos humanos de las mujeres”, establece el texto del presidente de la sala, Juan Luis González Alcántara.
De aprobarse la propuesta por tres de los cinco ministros de la sala, que discute asuntos civiles y penales, sería la primera vez que la Suprema Corte invalida el código penal de un estado por criminalizar el aborto.
Esto impactaría no solo en Veracruz, sino que allanaría el camino para que todas las entidades modifiquen su marco legal a favor del aborto.
También permitiría que defensoras de derechos humanos presentaran recursos similares en otras entidades con la esperanza de sentar jurisprudencia, un precedente que se crea sí se logran cinco fallos consecutivos de la Corte en el mismo sentido.
En el proyecto de sentencia, elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se señala que todas las entidades están obligadas a cumplir con los tratados internacionales de los que México es parte, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará).
En el contexto de estos dos tratados se entiende por violencia contra la mujer lo que anule o menoscabe el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos fundamentales, como los reproductivos y sexuales.
Ahí radica la importancia para todo el país de esta sentencia que se va a discutir en el pleno de la Corte, explica Esmeralda Lecxiur, abogada y asesora legal de la Fundación Mexicana para la Planeación Familiar (Mexfam). “Si se emite, va a sentar un precedente, porque lo que está diciendo es que el legislativo veracruzano tuvo que armonizar el Código Penal con esos tratados y todas las entidades que no lo hayan hecho están en la misma circunstancia de omisión”.
En México, solo Ciudad de México y Oaxaca permiten la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, aunque en todos los estados se autoriza por violación y en casi todos por riesgo a la salud y muerte de la madre.
De hecho, la Suprema Corte ya ha fallado a favor de los derechos reproductivos de las mujeres al validar en 2008 la interrupción legal del embarazo en Ciudad de México y al validar en 2019 la Norma Oficial Mexicana (NOM) 46, que permite a cualquier víctima de violación abortar sin tener que presentar pruebas.
“Para esta Primera Sala, la prohibición total de la interrupción del embarazo -vía tipificación penal- es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a la salud”, reafirma el proyecto de González Alcántara.
“Hoy muchos grupos, muchas autoridades, se pronuncian cuando no los hemos visto en esta lucha para mejorar las condiciones de niñas y mujeres ante embarazos forzados”, denunció en rueda de prensa María de la Luz Estrada, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.
