ContraPunto | Carlos Desmoctt
18 de enero de 2019, Piedras Negras.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), en un comunicado informó que desde el pasado día 8 de enero se pueden emitir facturas en las que se aplique la reducción del (Impuesto al Valor Agregado) IVA a 50 %, a una tasa de 8 %, una vez presentado el aviso correspondiente por parte de los contribuyentes.
Pero contadores en esta frontera, argumentan que se beneficio tiene restricciones debido a que habrá contribuyentes que no podrán porque seguramente no fueron incluidos en este beneficio, O debido a diversos los factores, incluso, porque tienen irregularidades o problemas con Hacienda.
El SAT aseguró que desde el 7 de enero se publicaron las reglas que regulan la aplicación de esta medida, firmada por el presidente desde el 29 de diciembre pasado.
Aseguran que los proveedores de certificación cuentan con los listados para validar que los contribuyentes emisores “estén habilitados para facturar con una tasa del 8 %”.
Así como en el servicio gratuito de generación de factura y la aplicación Factura Fácil están disponibles para que los ciudadanos puedan facturar.
