ContraPunto
1 de abril de 2020, Ciudad Acuña.- En apoyo a la población en general y basados en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, en su Artículo 102, Fracción VI, Numeral 1, que menciona la facultad del Ayuntamiento de conceder subsidios, apoyos administrativos o estímulos, en los términos de la legislación en la materia, en Segunda Sesión Ordinaria de Cabildo de Marzo de 2020, presidida por el Alcalde Roberto de Los Santos Vázquez, aprobaron por unanimidad Paquete de Incentivos Fiscales por el periodo comprendido del 1 de abril al 30 de junio de 2020; consistente en:
Paquete de incentivos consistente en:
– La extensión del incentivo del 5% de descuento del impuesto predial durante el periodo del 1 de abril al 30 de junio de 2020.
– Otorgar un 30% de descuento en el monto total calculado en el pago del impuesto sobre el ejercicio de actividades mercantiles, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Ingresos del Municipio de Acuña para el año 2020.
– Extensión hasta el 30 de junio de 2020 del incentivo del 40% por la renovación anual del derecho y permiso de ruta establecido en la Fracción XX y XXIII Numeral 2 del Artículo 19 de la Ley de Ingresos.
– Extensión hasta el 30 de junio del beneficio del 50% por revisión mecánica anticontaminante a todo vehículo de combustión interna, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19 Fracción X.
– Otorgar un estímulo del 50% del monto total calculado en el pago de derechos generados por las licencias de funcionamiento del año 2020.
– Estímulo del 50% por la expedición de licencia de funcionamiento, previa inspección física, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 Fracción XX Numerales 1, 2 y 3.
– La condonación del 100% de recargos del 1 de abril al 30 de junio de 2020 por operaciones derivadas del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Ingresos del Municipio de Acuña, Coahuila, para el año 2020 y lo previsto en las Fracciones III, IV y V del Artículo 50 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
– Condonación del 100% de recargos existentes que se causen por concepto de impuesto predial para los ejercicios 2015 al 2019, a fin de precisar que el beneficio se haga extensivo a los contribuyentes que realicen el pago en una sola exhibición, asimismo a quienes celebren convenio de pago en parcialidades durante el periodo del 1 de abril al 30 de junio de 2020 con la tesorería municipal, en los términos del Artículo 382 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.